Cuando el caso lo requiere, elaboramos informe pericial de parte y, si procede, ratificación. El objetivo es aportar claridad técnica y documentación sólida para negociación, reclamación o apoyo legal (abogados, aseguradoras, administradores).
En caso de procedimiento judicial, la ratificación solo se realiza si es requerida y admitida en el proceso; no implica pertenencia a listados oficiales.
Cuando una reforma u obra presenta problemas, se ejecuta de forma incorrecta o queda abandonada, es fundamental contar con un informe técnico claro que explique la situación de manera objetiva y comprensible.
Elaboramos informes técnicos en construcción en Pontevedra, analizando el estado real de la obra mediante visita técnica, revisión de los trabajos ejecutados y documentación fotográfica ordenada. El informe técnico de obra permite identificar defectos de ejecución, trabajos pendientes y el alcance real de la situación.
Este tipo de informe es especialmente útil para tomar decisiones con criterio técnico, negociar con la empresa responsable o disponer de una base documental sólida para reclamaciones o apoyo profesional.
Lista:
Según tu caso concreto, el informe puede centrarse en uno o varios de los siguientes aspectos:
Cada informe se elabora de forma personalizada e incluye, como mínimo:
El informe se entrega en formato PDF, listo para su uso.
Lista:
Un informe técnico te permite:
Los informes técnicos tienen carácter descriptivo y técnico.
No sustituyen a informes judiciales obligatorios ni a actuaciones propias de profesionales habilitados cuando la normativa lo exige.
Cuéntame tu caso y te indico qué tipo de informe necesitas y cómo proceder.
El servicio de Informes tecnicos se presta como asistencia técnica al cliente y dirección técnica no facultativa.
Este servicio:
La intervención se realiza siempre dentro de un marco legal, transparente y profesional.
Los servicios prestados por GESTIONA TU OBRA se encuadran exclusivamente en el ámbito de la asistencia técnica independiente, el control, el seguimiento, la coordinación y la documentación técnica de obras, reformas y rehabilitación, siempre en representación del cliente.
En ningún caso estos servicios sustituyen, ni pretenden sustituir, las funciones propias de la Dirección Facultativa, la redacción de proyecto técnico obligatorio, la Dirección de Ejecución de Obra ni cualesquiera otras actuaciones reservadas por la legislación vigente a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros o ingenieros técnicos cuando la normativa lo exija.
Cuando una actuación requiera proyecto técnico, visado colegial o dirección facultativa obligatoria, el cliente será informado expresamente desde el inicio, debiendo dichas funciones ser asumidas por los técnicos legalmente habilitados.
La documentación gráfica o descriptiva que, en su caso, pueda elaborarse (memorias, esquemas, planos 2D o 3D) tiene carácter auxiliar y de apoyo al control y definición de los trabajos, y no constituye proyecto técnico ni documentación sustitutiva de la exigida legalmente.
La intervención se realiza siempre dentro de un marco legal, transparente y profesional, complementando —cuando exista— la labor de los técnicos competentes, sin interferir ni asumir atribuciones reservadas.
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